Boletín Tributario No. 120
28.07.2010
EL GOBIERNO NACIONAL DECRETA LA EMERGENCIA SOCIAL CON EL FIN DE ENFRENTAR LA SITUACIÓN EN LOS MUNICIPIOS FRONTERIZOS CON VENEZUELA
A continuación se resumen las principales medidas adoptadas por el Gobierno Nacional:
• Mediante el Decreto 2693 de 2010, se decreta la emergencia social por un término de 30 días.
• En virtud de esa declaratoria, se expide el Decreto 2694 de 2010, mediante el cual se excluye del cobro del IVA del 16% en los municipios con frontera física con Venezuela. Son 37 municipios de los Departamentos de Boyacá, Cesar, La Guajira, Norte de Santander, Arauca y Vichada.
• La exclusión del cobro del IVA opera para los siguientes productos: alimentos, calzado, confecciones, materiales de construcción y electrodomésticos.
• De la misma manera, se faculta a la DIAN para que en dichos municipios pueda definir mecanismos para pagar deudas de los contribuyentes, a través de dación en pago de bienes muebles e inmuebles, con el fin de facilitar para que muchos de estos ciudadanos, producto de la difícil situación económica, se pongan al día con la mencionada entidad.
• La exclusión del IVA será por 120 días a partir de la fecha de publicación y expedición del Decreto 2694.
• Un tercer decreto tiene que ver con la definición de un tratamiento preferencial en cuanto a los requisitos para la creación de zonas francas en los mismos municipios con límites fronterizos con Venezuela.
FAO
28.07.2010. 11:30


